jueves, 16 de junio de 2011

Estatuto del Foro-Red Paulo Freire Perú


ESTATUTO

En la Escritura de:
CONSTITUCION DE ASOCIACION CIVIL
DENOMINADA
FORO RED PAULO FREIRE – PERU
LIMA, 21 de JUNIO DEL 2005
Kardex Nº 5441 Folio Nº 3207 – 3224
Escritura Nº 680
PRIMERO.- Por Acta de Fecha 23 de abril del 2005, se acordó constituir una Asociación Civil, bajo la denominación de Foro Red Paulo Freire-Perú, cuya Acta se servirá insertar.
Perú.
SEGUNDO.- La Asociación se regirá por su Estatuto aprobado en el Acta de Constitución y Aprobación de Estatuto de Fecha 23 de Abril del 2005, cuya Acta se servirá insertar, y en lo previsto en el Estatuto, porcel Código Civil.
TERCERO.- El Consejo Directivo quedó conformado de la siguiente manera: ——————
Presidente: José Guillermo Rouillon Delgado
Vice Presidente: Manuel Vicente Alfredo Franco Molfino
Director de Planeamiento Estratégico y Proyectos: Igor Lawrence Marañón Pimentel
Director de Comunicación para el Desarrollo: Rodolfo Alejandro Herrera Santamaría
Director de Capacitación y Eventos: Oscar Guevara Salvatierra.
Director de Investigaciones e Innovaciones: Rodolfo Sánchez Garrafa.
Director de Administración y Economía: César Augusto Huiza Núñez
Director de Relaciones Interinstitucionales: Liri Consuelo León Monteblanco.
Director de Relaciones Internacionales: Luis Enrique Medrano García
Director de Asuntos Jurídicos: Daniel Quispe Machaca.
Director de Organización: Luis Javier Angulo Talavera.
Secretaría de Asuntos Internos: Manuela Aurora Efigenia  Claudet Abanto
CERTIFICO
PRIMERO.-Constituir la Institución denominada “Foro Red Paulo Freire-Perú”.
SEGUNDO.- Aprobar el Estatuto de la Institución, cuyo texto íntegro es como sigue:
ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DEL
FORO RED PAULO FREIRE – PERÚ
I. DENOMINACION, DURACIÓN Y DOMICILIO
ART.1.- FORO RED PAULO FREIRE – PERÚ, es una Asociación Civil con Personería Jurídica de Derecho Privado, sin fines de lucro, ajena a actividades político partidarias, a creencias religiosas y manifestaciones discriminatorias.
ART.2.-La Asociación iniciará sus actividades una vez inscrita en los Registros Públicos y tendrá una duración indeterminada. Su disolución sólo podrá ser dispuesta por la Asamblea General, conforme a las normas del presente Estatuto y a las disposiciones del Código Civil.
ART.3.-La Asociación establece su domicilio como sede principal en la ciudad de Lima, en Jirón Castilla Nº 409, Magdalena del Mar y podrá establecer foros regionales y/o descentralizados en otros lugares del Perú y del extranjero.
II. FINES Y OBJETIVOS.
ART.4.-Los fines de la Asociación son:
a) Promover una educación popular liberadora, multidimensional, democrática, socializadora de la información y del conocimiento, que contribuya a generar las condiciones socioeconómicas, culturales y políticas necesarias para el desarrollo integral de las personas y la cristalización de una sociedad auténticamente intercultural y justa.
b) Contribuir al diseño de un nuevo orden social, mediante la proposición de políticas que tengan que ver con principios de participación con equidad, desarrollo con identidad, auto afirmación nacional, descentralización, valoración del patrimonio cultural y lingüístico.
c) Coordinar esfuerzos y compartir recursos para el logro de un sistema educativo latinoamericano que respete las tradiciones de cada comunidad nacional, pero que, a su vez, siente las bases valorativas sobre las cuales se sustente la educación solidaria del ciudadano latinoamericano del mañana.
d) Construir, fomentar, convocar nuevos espacios de reflexión y debate democrático, en torno al carácter liberador de la educación y a sus retos frente al desarrollo pleno de la sociedad en su conjunto y de cada uno de los hombres y mujeres que la constituimos.
e) Promover el acceso y el usufructo de una educación de calidad, intercultural, permanente y sin exclusiones.
f) Impulsar la consolidación de las identidades culturales colectivas, como un modo de aportar a la afirmación de la unidad en la diversidad y a una participación político social con equidad en la vida ciudadana.
g) Promover y participar en la formulación de lineamientos para un proyecto nacional que incorpore la representación popular real en todos los niveles de gobierno.
h) Promover la participación social responsable en la tarea educativa y el protagonismo crítico de todos los sectores sociales sin exclusiones.
i) Interactuar con otras instituciones nacionales e internacionales con fines y objetivos similares.
ART.5.-Los objetivos de la Asociación son:
a) Difundir y utilizar el conocimiento generado por la investigación y reflexión educativa en el planteamiento de soluciones a la problemática educativa nacional y latinoamericana.
b) Desarrollar proyectos y programas que contribuyan al mejoramiento de los niveles de vida de los sectores populares de la población con respeto a su dignidad e identidad propia.
c) Establecer enlaces para la cooperación e intercambio de información y experiencias entre los diversos actores de la educación y los responsables de otras redes institucionales en el país y en el extranjero, preferentemente en Latinoamérica.
d) Impulsar un movimiento de descentralización y participación, capaz de socializar con eficiencia las experiencias y reflexiones en el campo de la educación popular.
e) Generar una amplia base de datos accesible y compartida, que favorezca el desarrollo de la investigación, la innovación oportuna, pertinente y la producción y manejo de recursos didácticos.
f) Promover y fortalecer espacios de diálogo intercultural y el acceso pleno a los medios y recursos que lo faciliten.
g) Establecer centros de innovación para el uso de los medios de comunicación social, la cibernética y de la tecnología contemporánea al servicio de la educación liberadora y del bienestar general sin exclusiones.
h) Fomentar la creación de oportunidades para el desarrollo de talentos y sus iniciativas, en condiciones de excelencia educativa y en base a la generación de autoempleo.
i) Impulsar Foros Paulo Freire a nivel regional, local y de grupos específicos, vertebrando su organización a nivel nacional.
j) Brindar asesoramiento y/o consultorías en temas relacionados con sus fines y objetivos.
k) Propiciar el funcionamiento de centros piloto de aplicación de las innovaciones .
III. ORGANOS DE LA ASOCIACIÓN.
ART.6.-Los órganos de la Asociación son:
a.- Asamblea General
b.- Consejo Directivo
ART.7.-La Asamblea General es el órgano supremo deliberativo y de decisiones. Se reunirá ordinariamente cada año con el objeto de aprobar la memoria, el plan operativo y el balance. Se reunirá también en forma extraordinaria cada vez que sea necesario tratar asuntos relacionados con los intereses y objetivos de la Asociación.
La Asamblea General, será convocada por el Presidente del Consejo Directivo de la Asociación en los casos previstos en el Estatuto, cuando lo acuerde el Consejo Directivo o cuando lo solicite no menos de la décima parte de los asociados.
El aviso de convocatoria se hará con veinte días de anticipación mediante, publicación en el Diario oficial “El Peruano”. Deberá indicar el día, la hora y el lugar en que se celebrará la Asamblea y los asuntos a tratar en ella.
ART.8.- El quórum para las asambleas generales en la primera convocatoria es de la mitad más uno de los asociados. A falta de quórum, se procederá a una segunda convocatoria y se llevará a cabo la Asamblea válidamente con los miembros que asistan. Los acuerdos se tomarán con más de la mitad de votos de los miembros activos concurrentes. El Acta será aprobada y firmada por los asistentes.
La representación se otorga por Escritura Pública. También puede conferirse por otro medio escrito y solo con carácter especial para cada Asamblea.
Ningún asociado tendrá derecho por sí mismo a más de un voto.
ART.9.-Las atribuciones de la Asamblea General son:
a) Normar, supervisar, y controlar las actividades de la Asociación.
b) Modificar el Estatuto.
c) Elegir y sancionar a los miembros del Consejo Directivo y/o asociados.
d) Aprobar cuentas y balances.
e) Aprobar los planes, programas y presupuesto de la Asociación.
f) Aprobar la Memoria Anual del Consejo Directivo.
g) Disponer investigaciones y auditorias especiales.
h) Resolver en los casos en que la ley o el Estatuto disponga su intervención.
i) Aprobar la transformación, fusión, reorganización, disolución y liquidación de la Asociación.
j) Ratificar o revocar las sanciones de separación, por falta grave, de miembros de la Asociación.
k) Aprobar los Reglamentos.
ART.10.-El Consejo Directivo es la instancia representativa y ejecutiva de la Asociación .Está compuesto por 12 miembros:
1.- Presidente.
2.- Vice Presidente
3.- Director de Planeamiento Estratégico y Proyectos.
4.- Director de Comunicación para el Desarrollo y Documentación.
5.- Director de Capacitación y Eventos.
6.- Director de Investigaciones e Innovaciones.
7.- Director de Administración y Economía.
8.- Director de Relaciones Interinstitucionales.
9.- Director de Relaciones Internacionales.
10.- Director de Asuntos Jurídicos.
11.- Director de Organización.
12.- Secretaria de Asuntos Internos.
ART.11.-Son atribuciones del Consejo Directivo:
a) Dirigir la vida institucional de acuerdo con los fines y objetivos establecidos.
b) Representar a la Asociación ante los Poderes del Estado, Instituciones Públicas y Privadas.
c) Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales, estatutarias y los acuerdos de las asambleas.
d) Administrar los bienes de la Asociación.
e) Presentar el balance y la memoria anual.
f) Reglamentar su propio funcionamiento.
g) Proponer a la Asamblea la admisión y supresión de Foros regionales y/o descentralizados.
h) Constituir comisiones fijando sus funciones.
j) Aprobar los planes, programas y presupuestos de las distintas Direcciones de la Institución.
k) Rendir cuentas ante las autoridades competentes cuando sea necesario.
l) Otorgar los poderes pertinentes para las comisiones que representen a la Asociación.
ll) Custodiar el patrimonio de la Asociación.
m) Otorgar poderes especiales.
n) Aprobar las sanciones o medidas disciplinarias.
ñ) Admitir Socios.
ART.l2.- El quorum para las sesiones del Consejo Directivo, es la mitad mas uno del número de sus miembros en la Primera Citación. En Segunda Citación basta la presencia de cualquier numero de miembros. Los acuerdos se adoptan con la mitad mas uno de votos de los asistentes. El Presidente tiene voto dirimente. Las sesiones del Consejo Directivo son ordinarias y extraordinarias.
El Presidente del Consejo Directivo convocará mediante correo electrónico y/o esquela, con 7 días de anticipación. Se deberá indicar el día, la hora y el lugar en que se celebrará la Sesión del Consejo Directivo y los asuntos a tratar en ella.
ART.13.-Los miembros del Consejo Directivo son elegidos por un periodo de tres años pudiendo ser reelegidos de manera consecutiva por única vez por un período similar, los mismos que ejercerán sus funciones de manera articulada.
ART.14.-El Presidente del Consejo Directivo es el representante legal de la Asociación y le corresponde las atribuciones y responsabilidades siguientes:
a) Convocar y presidir las reuniones del Consejo Directivo y de la Asamblea General.
b) Velar por el cumplimiento del presente Estatuto, los reglamentos y los acuerdos de la Asamblea General.
c) Proponer las acciones que aseguren el funcionamiento de las diversas instancias del Foro, enfrentando los obstáculos y viabilizando las soluciones.
d) Dirigir y supervisar la marcha de la Asociación.
e) Presentar el balance y la memoria anual.
f) Suscribir los convenios y contratos con terceros para el logro de los objetivos de la Asociación, previa autorización del Consejo Directivo.
g) Representar a la Asociación con facultades generales y especiales previstas en el Código Civil.
h) Abrir y cerrar cuentas bancarias, girar y cobrar cheques, realizar las operaciones económicas y financieras conjuntamente con el Director de Administración y Economía..
i) Es responsable por la veracidad de las informaciones que proporciona a la Asamblea, del empleo de los recursos de la Asociación y del cumplimiento de la ley, el Estatuto y los acuerdos de la Asamblea General.
ART.15.-Corresponde al Vice Presidente:
a) Reemplazar al Presidente en caso de ausencia, impedimento y/o fallecimiento, con las mismas atribuciones y responsabilidades.
b) Cumplir funciones específicas en coordinación y por encargo del Presidente o del Consejo Directivo.
ART.16.-Corresponde al Director de Planeamiento Estratégico y Proyectos:
a) Elaborar el diagnóstico situacional para identificar los factores que caracterizan el marco de actuación de la Institución.
b) Diseñar el marco lógico de las intervenciones del Foro Freire acorde con los objetivos del mismo.
c) Proponer el Plan Estratégico Institucional acorde con el perfil de las actividades, programas, proyectos, presupuestos y cronogramas.
d) Dirigir el proceso de diseño y gestión de planes y proyectos, Plan Estratégico Institucional, coordinando con las Direcciones pertinentes de la Institución para su adecuada implementación.
e) Coordinar los proyectos y actividades de los grupos o comisiones de trabajo y actividades de los Foros Descentralizados..
ART.17.-Corresponden al Director de Comunicación para el desarrollo y Documentación.
a) Dirigir el proceso de diseño de las estrategias de comunicación en los proyectos de desarrollo que implemente la Institución.
b) Establecer relaciones con los medios de comunicación.
c) Definir, proponer la adquisición y administrar equipos y materiales audiovisuales e informáticos propios de la comunicación.
d) Organizar el funcionamiento del Centro de Documentación (CENDOC) de la Asociación con recursos físicos y virtuales.
e) Promover y difundir las actividades de la Asociación.
ART. 18.- Corresponde al Director de Capacitación y Eventos.
a) Diseñar y ejecutar planes de capacitación que respondan a los fines y objetivos de la Institución en el ámbito interno y externo.
b) Organizar eventos de carácter nacional e internacional, presénciales y no presénciales
c) Gestionar becas en Instituciones nacionales y extranjeras.
d) Proponer la priorización temática de eventos que responda a las demandas sociales y de coyuntura de mediano y largo alcance.
e) Promover el intercambio y sistematización de experiencias.
ART. 19.- Corresponde al Director de Investigaciones e Innovaciones:
a) Impulsar investigaciones orientadas a ampliar y profundizar el conocimiento del pensamiento educacional de Paulo Freire.
b) Promover estudios situacionales y evaluativos sobre la realidad educativa nacional y latinoamericana.
c) Promover experiencias piloto y alternativas de educación popular, etnoeducación e interculturalidad.
d) Fomentar el desarrollo de la investigación educacional como instrumento de construcción social del currículo y mejoramiento del proceso de aprendizaje -enseñanza.
e) Programar y ejecutar todas las acciones relacionadas con el desarrollo del área de su competencia.
ART.20.- Corresponde al Director de Administración y Economía.
a) Administrar los bienes y recursos económicos de la Asociación.
b) Elaborar y proponer para su aprobación el proyecto del Presupuesto.
c) Organizar y mantener la documentación administrativa y los archivos de la Asociación.
d) Llevar los respectivos libros contables.
e) Suscribir conjuntamente con el Presidente todos los documentos y títulos valores que requieran las operaciones comerciales o financieras a ser ejecutadas por la Asociación para el cumplimento de fines y objetivos.
f) Llevar al día toda la documentación de ingresos y egresos de la Asociación en el Libro de Caja.
g) Presentar al Consejo Directivo anualmente para su aprobación los Estados Financieros y de Pérdidas y Ganancias, y su posterior aprobación por la Asamblea General.
h) Proponer actividades con la finalidad de obtener recursos para la Asociación.
i) Informar sobre la marcha económica de la Asociación trimestralmente, o cuando lo solicite el Consejo Directivo.
j) Gestionar recursos operativos y componentes financieros de los Proyectos que implemente el Foro.
k) Realizar las cobranzas de las cotizaciones.
ART.21.-.Corresponde al Director de Relaciones Interinstitucionales:
a) Mantener relaciones interinstitucionales a nivel nacional, y fortalecerlas a través de encuentros, convenios y actividades de intercambio.
b) Propiciar la incorporación y articulación de acciones del Plan Estratégico, en diversas instancias interinstitucionales del Estado y de la sociedad civil.
c) Proponer al Consejo Directivo la firma de convenios y proyectos de carácter interinstitucional de cooperación a nivel regional o nacional, en el marco de los fines y objetivos de la Institución.
ART.22.- Corresponde al Director de Relaciones Internacionales:
a) Establecer relaciones a nivel internacional con instituciones afines, de carácter educativo, de investigación, de formación, de cooperación, y con redes, gremios, asociaciones.
b) Promover encuentros, convenios y proyectos de carácter internacional.
c) Proponer al Consejo Directivo la firma de convenios de acción, de cooperación que permitan el acceso a nuevos espacios de aporte y desarrollo en el marco de los fines y objetivos de la Institución.
d) Elaborar una base de datos sobre instituciones afines a nivel internacional.
ART.23.-Corresponde al Director de Asuntos Jurídicos.
a) Proponer modificaciones al Estatuto y a los Reglamentos de la Institución para su aprobación por la Asamblea General.
b) Elaborar el Reglamento Interno,
c) Elaborar el Manual de Organización y Funciones.
d) Realizar consultorías internas y externas en aspectos relacionados con el Área.
e) Asesorar en aspectos legales a la Institución.
f) Emitir opinión legal en asuntos que sean requeridos por la Presidencia..
ART.24.- Corresponde al Director de Organización.
a) Promover los Foros Locales y Foros Especializados, así como asesorar y mantener relaciones permanentes.
b) Organizar las diversas actividades de fortalecimiento institucional que realice la Asociación.
c) Canalizar la incorporación y participación orgánica de la membresía.
d) Proponer actividades con la finalidad de obtener recursos para la Asociación
e) Llevar y mantener el Registro e información de la institucionalidad y actividades de los Foros Locales Descentralizados y Foros Especializados.
f) Presentar y sustentar la solicitud de incorporación de los Foros.
ART.25.- Corresponde a la Secretaria de Asuntos Internos:
a) Tener al día y en orden toda la documentación y archivos relativos a la Institución.
b) Preparar y realizar las convocatorias de las diferentes acciones del Consejo Directivo.
c) Llevar y mantener el Registro de Socios e Instituciones.
d) Redactar las Actas del Consejo Directivo y de las Asambleas.
e) Distribuir las Actas aprobadas.
ART.26.- El Foro Red Paulo Freire – Perú podrá incorporar Foros Regionales y/o Descentralizados, organizados autónomamente, pero que como condición deberán sujetarse y asumir los documentos fundacionales, el Estatuto, los Reglamentos y demás normas del Foro Red Paulo Freire – Perú.
ART. 27.- Los Foros Descentralizados coordinarán con la Dirección de Organización, y participarán del Plan Estratégico Institucional en todo lo que consolide y desarrolle su autonomía y sus fortalezas, a nivel local, provincial, regional y nacional.
ART.28.- La participación de los Foros Descentralizados requerirá su aceptación por el Consejo Directivo, dando cuenta a la Asamblea General.
ART. 29.- El Consejo Directivo contará con Consultores Multidisciplinarios.
IV. DE LOS ASOCIADOS.
ART.30.-La Asociación está integrada por personas naturales y jurídicas comprometidas con los fines y objetivos de la Institución.
ART.31.-Los asociados son:
a- Fundadores.
b- Activos.
c- Honorarios.
d- Adherentes
ART.32.-Son Asociados Fundadores todos los que participaron en la asamblea de Fundación de la Asociación y que han cumplido con la firma del libro de socios y con los aportes correspondientes.
ART.33.-Son Asociados Activos, todos los miembros que sean aceptados por el Consejo Directivo y que hayan cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento correspondiente. Es considerado hábil el asociado que se encuentra al día con sus cotizaciones y que no esté restringido en sus derechos por medidas disciplinarias.
ART.34.-Son Asociados Honorarios, las personalidades y/o instituciones, que a criterio de la Asamblea General, merezcan ser incorporados como tales en virtud de sus calidades profesionales y/o atributos personales, especialmente por su acción a favor de la educación nacional y del desarrollo social equitativo .
ART.35.- Los Asociados Adherentes son las personalidades o instituciones que contribuyan con donaciones económicas o aportes intelectuales para el cumplimiento de los fines de la Asociación. Tendrán derecho a voz en las asambleas.
V. DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASOCIADOS.
ART. 36.-Son deberes de los asociados:
a) Participar en la dinámica del Foro Red Paulo Freire-Perú respetando y defendiendo las normas del presente Estatuto y sus reglamentos.
b) Cumplir los acuerdos legítimamente tomados.
c) Resguardar y proteger los intereses de la Asociación.
d) Respetar los derechos de los demás asociados.
e) Sufragar en los comicios que convoque la Asamblea.
f) Pagar puntualmente las aportaciones establecidas.
g) Contribuir al bienestar y a la realización de los objetivos y fines de la Asociación.
ART.37.-Son derechos de los asociados:
a) Participar en los asuntos internos de la Asociación.
b) Participar en las asambleas generales ordinarias y extraordinarias con derecho a voz y voto, excepto los miembros honorarios y adherentes quienes podrán intervenir con derecho a voz.
c) Elegir y ser elegido y/o designado en cargos directivos y comisiones de trabajo.
d) Solicitar la convocatoria a asambleas generales.
e) Fiscalizar la labor del Consejo Directivo y las comisiones de trabajo.
f) Presentar iniciativas, propuestas y sugerencias para el buen funcionamiento de la Asociación.
g) Vigilar permanentemente el buen desarrollo de actividades de la Asociación.
h) Recibir información permanente de las Actas y acuerdos del Consejo Directivo, así como de cualquier actividad promovida, auspiciada o dirigida por la Asociación.
ART. 38.-Cualquier asociado podrá separarse renunciando por escrito en forma voluntaria a la Asociación, siempre y cuando no tenga obligaciones pendientes con la Institución.
VI. DE LAS ELECCIONES:
ART. 39.- La Asamblea General elegirá al Consejo Directivo.
ART. 40.- La elección de los miembros del Consejo Directivo se realizará cargo por cargo entre los asociados hábiles según reglamento del Comité Electoral nombrado para tal efecto por la Asamblea.
ART. 41.- Las impugnaciones se realizarán conforme a las normas del Código Civil.
VII. DEL REGIMEN ECONOMICO.
ART.42.-El patrimonio de la Asociación está constituido por:
a) Cuotas ordinarias y extraordinarias de los socios.
b) Ingresos propios por prestación de servicios.
c) Ingresos provenientes de sus actividades.
d) Donaciones, subvenciones o legados que hagan sus asociados o terceros.
e) Otros recursos provenientes de sus patrocinantes.
Art. 43.- La Asociación está facultada para adquirir, enajenar y gravar toda clase de bienes, muebles o inmuebles, títulos, valores; ejercer derechos y contraer obligaciones, así como realizar operaciones con cualquier institución bancaria o financiera, pública o privada.
ART.44.-El patrimonio de la Asociación es de uso exclusivo, no podrá ser destinado para otros fines ajenos al Foro Red Pulo Freire – Perú.
.
VIII. MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
ART. 45.-La Asociación, a través de una Comisión de Ética integrado por tres miembros elegidos en Asamblea General, debiendo ser uno de ellos Presidente, propondrá al Consejo Directivo las sanciones que correspondan a los miembros que infrinjan el Estatuto y los reglamentos que norman la Institución.
El quórum y acuerdos de la Comisión de Ética serán por mayoría absoluta y se les convocará por esquela con tres días de anticipación.
ART. 46.-La Asociación aplicará las siguientes medidas.
a.- Amonestación.
b.- Suspensión.
c.- Separación.
ART. 47.-La amonestación puede ser verbal o escrita, se aplicará a juicio de la Comisión de Ética, con motivo de infracciones leves. Al aplicar la amonestación se exhortará al infractor para que cumpla sus deberes con sujeción a los fines y objetivos de la Asociación.
ART. 48.- La separación y suspensión por infracciones graves, será aplicada por el Consejo Directivo a propuesta de la Comisión de Ética. Las medidas de suspensión no podrán ser por un período mayor de seis meses.
ART. 49.- Las sanciones dispuestas por el Consejo Directivo y la Comisión de Ética en primera instancia, podrán ser reconsideradas y/o apeladas ante el Consejo Directivo y/o Asamblea General, según corresponda..
IX. DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS, DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA ASOCIACIÓN.
ART. 50.- Para modificar el Estatuto o para disolver la Asociación se requiere, en primera convocatoria, la asistencia de más de la mitad de los asociados. Los acuerdos se adoptan con el voto de más de la mitad de los miembros concurrentes. En segunda convocatoria, los acuerdos se adoptan con los asociados que asistan y que representen no menos de la décima parte.
ART.51.-La Asociación se disuelve en Asamblea General por las siguientes causas:
a) Por voluntad de los asociados hábiles, expresada en Asamblea General Extraordinaria.
b) Por el cumplimiento de los fines y objetivos.
c) Otras causas de Ley.
ART.52.-En caso de liquidación y/o disolución, el patrimonio de haber neto de la Asociación será cedido íntegramente a una o varias instituciones de similar actividad.
X. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.
1ª-Formarán parte de la doctrina de la Institución su Presentación, Declaración de Principios y el Discurso de Orden.
2ª.- Las condiciones específicas para la admisión de asociados, serán contempladas en el respectivo Reglamento aprobado en Asamblea General.
3ª.- El Régimen de Elecciones y el Comité Electoral para la renovación de cargos directivos y de la Comisión Ética será regulado por el respectivo Reglamento.
4ª.- El presente Estatuto entra en vigencia institucionalmente después de ser aprobada por la Asamblea General, y jurídicamente al momento de su inscripción en los Registros Públicos.
5ª.- En todo lo no previsto en el Estatuto, la Asociación se regirá por las disposiciones del Código Civil y demás normas pertinentes.
Elegir como miembros de su 1er. Consejo Directivo a los siguientes asociados:
Presidente: José Guillermo Rouillon Delgado
Vice Presidente: Manuel Vicente Alfredo Franco Molfino
Director de Planeamiento Estratégico y Proyectos: Igor Lawrence Marañón Pimentel
Director de Comunicación para el Desarrollo: Rodolfo Alejandro Herrera Santamaría
Director de Capacitación y Eventos: Oscar Guevara Salvatierra.
Director de Investigaciones e Innovaciones: Rodolfo Sánchez Garrafa.
Director de Administración y Economía: César Augusto Huiza Núñez
Director de Relaciones Interinstitucionales: Liri Consuelo León Monteblanco.
Director de Relaciones Internacionales: Luis Enrique Medrano García
Director de Asuntos Jurídicos: Daniel Quispe Machaca.
Director de Organización: Luis Javier Angulo Talavera.
Secretaría de Asuntos Internos: Manuela Aurora Efigenia  Claudet Abanto
Luego de juramentar el Consejo Directivo quedó instalado.——————————————
Tener como fecha de inicio del Proyecto, el l8 de setiembre del año próximo pasado.
Silvia Samaniego de Mestanza – Notaría de Lima.
KARDEX 005441 MINUTA. 514 ESCRITURA: 680
ESTA FOJA ADICIONAL, CORRESPONDE A LA ESCRITURA DE CONSTITUCION DE ASOCIACION CIVIL, DENOMINADA FORO RED PAULO FREIRE-PERU, DE FECHA VEINTIUNO DE JUNIO DEL DOS MIL CINCO.
INSCRIPCION: REGISTRADO CONSTITUCION DE ASOCIACION EN EL ASIENTO A0001 DE LA PARTIDA Nº 11773126 DEL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE LIMA.
LIMA, TRECE DE JULIO DEL DOS MIL CINCO.
Papel Membretado, Firmado y Sello: Silvia Samaniego de Mestanza. Notaría de Lima

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